Normatividad en trámite
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PAL de 2024 – Reforma Política – Gobierno
Por medio del cual se adopta una reforma política y electoral.
AUTOR: Ministro de Interior Juan Fernando Cristo
OBJETO: Este proyecto busca, primordialmente el fortalecimiento del sistema democrático, rescatando su transparencia y reduciendo los riesgos de
corrupción derivados del clientelismo y el descontrolado gasto electoral. Consolidar el origen democrático de los candidatos dentro de los partidos, fomentar una solida democracia interna, establecer nuevos mecanismos de reconocimiento de personería jurídica de las organizaciones políticas, distinguiendo entre partidos y movimientos políticos, permitiendo la expresión de nuevas fuerzas política pero limitando sus derechos gradualmente de acuerdo a la fuerza de sus resultados y al volumen de sus militantes, fortalecer su disciplina interna para preservar su cohesión y su capacidad de convertir sus ideas en realidades, aumentar la presencia de la financiación estatal y la equidad en su distribución, fortalecer el control sobre la misma y redefinir el origen y las funciones del Consejo Nacional Electoral, son propuestas de esta reforma que buscan consolidar sus objetivos. Finalmente, una reforma de esta naturaleza hace parte de los Compromisos que el Estado Colombiano asumió en el Acuerdo del Teatro Colón para el establecimiento de una paz estable y duradera. -
Consulta Normativa ANM – TdR para el Programa de Trabajos y Obras Diferencial
Por la cual se adoptan los Términos de Referencia para el Programa de Trabajos y Obras Diferencial-PTOD de contrato de concesión, contrato de concesión especial o con requisitos diferenciales para mineros clasificados como de pequeña minería de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 2250 de 2022
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PL 312 de 2024 C – Reforma a la Salud (Gobierno)
“Por medio del cual se transforma el Sistema de Salud en Colombia y se dictan otras disposiciones”
OBJETO. Transformar el Sistema General de Seguridad Social en Salud en un Sistema de Salud basado en el Aseguramiento Social en Salud, para garantizar el derecho fundamental a la salud. Desarrolla un modelo de salud en el marco de la atención primaria, organiza sus instancias para la gobernanza y rectoría del sistema con enfoque diferencial y territorial, articula a las instituciones prestadoras de servicios de salud, reorganiza los destinos y usos de los recursos financieros, establece un sistema público unificado e interoperable de información, fortalece la participación social y comunitaria, así como la inspección, vigilancia y control; define condiciones para el trabajo digno y fija las reglas de transición y evolución de la institucionalidad del Sistema General de Seguridad Social de Salud en el Sistema de Aseguramiento Social en Salud.
AUTOR. Ministro de Salud
TRAMITE. Comisión Séptima Cámara
PONENTES.
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PL 183 de 2024 S PL 398 de 2024 C – Jurisdicción Agraria (M. Urgencia)
Por medio de la cual se determinan las competencias de la jurisdicción agraria y rural y se dictan otras disposiciones.
AUTOR: Ministra de Justicia, Ministro de Interior, Ministra de Agricultura y Bancada de Gobierno.
OBJETO: Determinar la competencia y funcionamiento de la Jurisdicción Agraria y Rural y establecer el procedimiento especial agrario y rural, los principios que rigen las actuaciones judiciales y los mecanismos alternativos de solución de conflictos para la administración de la justicia agraria y rural, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 238A de la Constitución Política de Colombia.
PONENTES. Coordinador(es): HR. Gabriel Becerra Yañez, HR. Álvaro Leonel Rueda caballero
HR. Delcy Esperanza Isaza Buenaventura HR. Catherine Juvinao Clavijo, HR. Orlando Castillo Advincula HR. Hernán Darío Cadavid Márquez, HR. Jorge Eliécer Tamayo Marulanda, HR. Adriana Carolina Arbeláez Giraldo, HR. Luis Alberto Albán Urbano, HR. Marelen Castillo TorresSENADO: HH.SS: JORGE E. BENEDETTI MARTELO, ALEJANDRO CARLOS CHACÓN CAMARGO (COORDINADORES), ALFREDO DELUQUE ZULETA, JUAN CARLOS GARCÍA GÓMEZ, CARLOS ALBERTO BENAVIDES MORA, JULIAN GALLO CUBILLOS, AIDA QUILCUE VIVAS, PALOMA VALENCIA LASERNA, ARIEL ÁVILA MARTÍNEZ.
COMISIÓN. Primera
RADICADO: 27 de agosto de 2024 S – 21 de 0ctubre de 2024 C
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PL 232 de 2024 S – Ley Ferroviaria
Por medio de la cual se definen y establecen las condiciones para el desarrollo de infraestructura ferroviaria nacional, se regula la prestación del servicio público de transporte férreo y se dictan otras disposiciones.
OBJETO: Regular las actividades asociadas a la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga, pasajeros y mixto en la red férrea nacional, establecer las condiciones para la planeación, estructuración y el desarrollo de su infraestructura, sistemas, equipos, entre otros, su ordenamiento institucional, la sostenibilidad ambiental, el régimen económico e incentivos de este modo de transporte, así como la definición de lineamientos técnicos que promuevan la intermodalidad, interoperabilidad, eficiencia y seguridad . Esta Ley será aplicable al servicio privado de transporte en la red férrea nacional, entendido este como, el que tiende a satisfacer necesidades de movilización de personas o cosas, dentro del ámbito de las actividades exclusivas de las personas naturales y/o jurídicas.
AUTOR: Ministra de Transporte, DRA. MARÍA CONSTANZA GARCÍA
PONENTES. H.S. PEDRO HERNANDO FLOREZ PORRAS
RADICACIÓN. 11 de Septiembre de 2024.
En esta sección encontrará la normativa con impacto en el sector minero tanto expedida como en trámite.
Escala de impacto