PL 240 de 2023 C – Energía mínimo vital

Fecha 6 octubre, 2023

Por medio de la cual se crea la tarifa diferencial en el cobro del servicio público de energía eléctrica para aquellos departamentos donde operan las centrales hidroeléctricas y se establece la garantía del mínimo vital de energía eléctrica para los ciudadanos colombianos de los estratos socioeconómicos 1 y 2; y se modifica el artículo 11 de la ley 143 de 1994

OBJETO: Créese la tarifa diferencial en el servicio público domiciliario de energía eléctrica para los estratos socioeconómicos 1 y 2, en los departamentos que generan energía eléctrica a partir de centrales hidroeléctricas establecidas en su territorio; y establézcase el mínimo vital en el servicio público domiciliario de energía eléctrica para los ciudadanos colombianos de los estratos socioeconómicos 1 y 2, como garantía del derecho constitucional a la vida en condiciones dignas.

AUTORES: .Jorge Dilson Murcia Olaya