PL 132 de 2019 S – Servicios Públicos en Minería e Hidrocarburos

Fecha 16 octubre, 2019

“Por medio del cual se establecen criterios de priorización en materia de prestación de servicios públicos domiciliarios en los planes y programas de inversión social de los contratos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables”

OBJETO. Priorizar la prestación de servicios públicos domiciliarios en los programas en beneficio de las comunidades de los que trata el numeral 8.6 del artículo 8 del Decreto 1760 de 2003 y en los planes de gestión social contemplados en el artículo 22 de la Ley 1753 de 2015 de los contratos de exploración y producción (E&P), de evaluación técnica (TEA) de hidrocarburos, y los contratos de concesión minera, con el fin de mejorar en el plano nacional y territorial la calidad de vida de los habitantes que hacen parte de las zonas de influencia definidas contractualmente por las Agencias adscritas al Ministerio de Minas y Energías.

Héctor Vergara Sierra