PL 65 de 2018 S – Tratamiento Penal Diferenciado pequeños cultivadores
Fecha
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6 agosto, 2018
“Por medio de la cual se desarrolla el tratamiento penal diferenciado, en desarrollo de las disposiciones del artículo 5 transitorio del acto legislativo 01 de 2017 y el numeral 4.1.3.4 del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”
OBJETO. Establecer los requisitos y las condiciones para acceder al tratamiento penal diferenciado, transitorio y condicionado, para los cultivadores de plantaciones ilícitas en pequeña escala, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 5 transitorio del Acto Legislativo No. 01 de 2017 y en el numeral 4.1.3.4 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.