Normas con alto impacto territorial

Fecha 28 abril, 2025

Resolución 352

Diciembre 9 de 2024

Identifica una ZPPA en el departamento del Tolima.

Resolución 507

Diciembre 26 de 2023

Identifica una ZPPA en la Sabana centro de Cundinamarca. *Publicado un Proyecto de resolución que modifica la Resolución 507.

Resolución 377

Diciembre 26 de 2024

Identifica una ZPPA en el Suroeste Antioqueño.

Efectos:
Las zonas identificadas como ZPPAS son el referente sobre el
cual, posteriormente se declararán las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos – APPAS.


Artículo 32 Ley 2294 de 2023 «Plan Nacional de Desarrollo».

Resolución 161

Junio 20 de 2024

Declara un APPA en el departamento de La Guajira.

Efectos:
Son determinantes del ordenamiento territorial para establecer los usos del suelo, de obligatorio cumplimiento para los municipios y con efecto permanente en el territorio. Según la resolución, en esas áreas no se podrán adelantar actividades industriales, comerciales ni mineras. Siguen los criterios de la Unidad de Planificación Rural (UPRA).


Artículo 359 Ley 2294 de 2023 «Plan Nacional de Desarrollo”.

Decreto 780

Junio 24 de 2024

Constitución, reconocimiento y formalización de los TECAM.

Efectos:
En cualquier área del país se pueden declarar territorios en los que habitan comunidades y organizaciones campesinas, con el fin de garantizar la permanencia de esas comunidades en el territorio, la conservación de los bienes comunes de la naturaleza, la soberanía alimentaria, la agroecología y garantizar sus planes de vida.

Los TECAM “Se constituyen como una forma diversa ordenamiento social y productivo de propiedad rural, en la cual se priorizarán los programas de reforma agraria y desarrollo rural y se fomentará la distribución adecuada de la tierra, la productividad, conforme a la legislación vigente.”

Los TECAM procederán en Áreas Potenciales para la declaratoria de Áreas de Protección para la Producción de Alimentos – APPA.


Decreto 1275

Octubre 15 de 2024

Confiere competencias ambientales a las comunidadesindígenas a nivel nacional.

Efectos:
Las autoridades indígenas harán parte del Sistema Nacional Ambiental – SINA y podrán tomar decisiones en materia ambiental en los territorios indígenas, ancestrales y áreas poseídas por estas comunidades. Independientemente que estén o no constituidos.

  • Definición de determinantes de ordenamiento territorial.
  • Componentes ambientales en planes de vida.
  • Determinación de los mecanismos regulatorios.
  • Programas de preservación, conservación, restauración, protección, cuidado, uso y manejo de los recursos naturales.
  • Sancionar en el marco de su justicia propia. En caso de infracciones cometidas por personas que no estén bajo la jurisdicción indígena, la autoridad ambiental competente coordinará con la autoridad indígena respectiva.

Decreto 1904

Agosto 28 de 2024

Reconoce el mandato de la Autoridad Territorial, Económica y
Ambiental- ATEA como instrumento de derecho propio, expedido por las autoridades tradicionales de los pueblos indígenas del Concejo Regional Indígena del Cauca – CRIC.

Efectos:
Son autoridad territorial, económica y ambiental en sus territorios. Son competentes para: ordenar,regular, preservar, cuidar, restaurar, disponer, aprovechar, el territorio.


Artículo 231 Ley 2294 de 2023 «Plan Nacional de Desarrollo”.

Decreto 977

Agosto 2 de 2024

Establece criterios para delimitar Distritos Mineros Especialesa nivel nacional.

Resolución 40436

Octubre 18 de 2024

Delimita el Distrito Minero Especial para la diversificación productiva en el Bajo Cauca Antioqueño.

Proyectos de Distritos Mineros en curso: (8)
i) Cesar, ii)Norte del Cauca, iii) Chocó, iv) Valle del Cauca, v) Triángulo de Telembí (Nariño);vi) Cordillera Nariñense, vii) Boyacá y viii) Córdoba.

Efectos:
Son instrumentos de planificación socio-ambiental para alcanzar la sustentabilidad de las regiones donde se desarrollan operaciones y proyectos mineros. Buscan promover la asociatividad entre mineros y mineras de pequeña escala, así como la industrialización a partir de minerales estratégicos, el desarrollo de nuevas alternativas productivas, la reconversión laboral y generar condiciones para garantizar la soberanía alimentaria de las poblaciones.

Crean Mesas de Trabajo Interinstitucional y un Plan Estratégico a 4 años para generar acciones que serán de obligatorio cumplimiento para todas las entidades.


Decreto 044

Enero 30 de 2024

Por el cual se establecen criterios para declarar y delimitar reservas de recursos naturales de carácter temporal, en el marco del ordenamiento minero-ambiental.

Efectos:
En las áreas declaradas no se ototgarán nuevos títulos mineros, ni se podrán emitir autorizaciones o permisos ambientales. La duración de estas áreas es inicialmente hasta por 5 años prorrogables por una única vez, por el tiempo que el Ministerio de Ambiente considere necesario, de acuerdo con las características y necesidades de cada área (No hay un plazo expreso). Posteriormente el ministerio podrá declarar la restricción definitiva.


Conclusiones