ACM | Boletín informativo
Estimados Afiliados:
Hemos creado este boletín informativo, el cual enviaremos según el ritmo que la misma situación demande y no con una periodicidad determinada, con el fin de mantenerlos al tanto de información relevante que facilite la toma de decisiones por parte de cada uno de ustedes. Una situación como la que estamos enfrentando demanda de muchas cosas, pero sobre todo, implica tomar decisiones rápidas y oportunas, para ello la información es esencial.
Los miembros del equipo de la Asociación hemos establecido canales de comunicación permanentes con distintas instancias del Gobierno Nacional, con otros gremios productivos y autoridades pertinentes, igualmente estamos haciendo seguimiento constante a las páginas oficiales en donde se dan a conocer las últimas decisiones.
Lo anterior nos permite no sólo acceder a la información de manera oportuna, si no también, transmitir las necesidades del sector para mitigar los distintos riesgos que identifiquemos durante esta coyuntura. Igualmente nos genera los espacios adecuados para contribuir y sumarnos a iniciativas que nos permitan poner nuestro grano de arena en la superación de esta demandante situación.
En este Boletín queremos enviarles la recopilación de la normatividad más relevante expedida a la fecha:
Resolución 96 de 2019 ANM – Suspensión atención presencial y términos de algunas actuaciones. Por la cual se suspende la atención presencial al público, los términos de algunas actuaciones administrativas de la ANM y se toman otras determinaciones.
- Suspenden atención a público en todas las sedes de la Agencia a nivel nacional desde el 17 de marzo hasta el 1 de abril, ambas fechas incluidas.
- La radicación de PQRS será a través de la plataforma y por correo electrónico. Las inspecciones físicas para exportación de piedras preciosas se harán una vez a la semana.
- Las documentales se seguirán haciendo a diario.
- Suspenden los términos de las actuaciones administrativas en las mismas fechas, exceptuando pago de regalías, canon superficiario y demás contraprestaciones económicas, póliza minero ambiental y temas de salud e higiene en labores mineras.
- Suspende las diligencias de amparo administrativo y demás diligencias, salvo las de salvamento minero, en las mismas fechas.
- Cobro coactivo también se suspende en las mismas fechas.
Resolución 7994 de 2020 Secretaría Minas Antioquia – Suspensión términos «Por la cual se suspenden los términos en los procesos administrativos adelantados por la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia y se toman otras determinaciones»
- SUSPENDE los términos de las actuaciones administrativas iniciadas ante la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquía y los términos con que cuentan los titulares mineros, solicitantes y proponentes para cumplir los requerimientos técnicos y jurídicos elevados por la autoridad minera, así como para interponer los recursos de reposición a que haya lugar, desde el día 17 DE MARZO DE 2020 HASTA EL DÍA 01 DE ABRIL DE 2020, ambas fechas inclusive, exceptuando el cumplimiento de obligaciones relacionadas con el pago de regalías, canon superficiario y demás contraprestaciones económicas, la constitución de la póliza minero ambiental y el cumplimiento de normas y requerimientos relacionados con temas de seguridad e higiene en labores mineras.
- SUSPENDE las diligencias y trámites de amparo administrativo, así como las demás diligencias y visitas de campo que deba adelantar esa Delegada desde el día 17 DE MARZO DE 2020 HASTA EL DÍA 01 DE ABRIL DE 2020, ambas fechas inclusive.
Decreto 398 de 2020 – Reuniones no presenciales Asambleas y Juntas Por el cual se adiciona el Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, para reglamentar parcialmente el artículo 19 de la Ley 222 de 1995, en lo referente al desarrollo de las reuniones no presenciales de las juntas de socios, asambleas generales de accionistas o juntas directivas, y se dictan otras disposiciones.
- Por regla general, las reuniones ordinarias del órgano social competente se deben realizar antes del 31 de marzo de cada año, por lo que resulta necesario la adopción expedita de las normas, con el fin de evitar la congregación de personas en las reuniones ordinarias correspondientes al presente ejercicio.
- Facilitación reuniones virtuales.
- Todas las personas jurídicas, sin excepción, estarán facultadas para aplicar las reglas previstas para la realización de reuniones no presenciales de sus órganos colegiados.
Circular 21 de 2020 MinTrabajo – Empleadores y trabajadores Sector Privado: Medidas de protección al empleo con ocasión de la fase de contención de COVID-19 y de la Declaración de emergencia sanitaria.
- Plantea diversos mecanismos que se pueden utilizar para atender la emergencia del COVID-19, entre las cuales se contemplan el trabajo en casa (que no equivale a teletrabajo), la jornada laboral flexible, el anticipo de vacaciones individuales y las vacaciones colectivas, los permisos rebatidos y la remuneración sin prestación del servicio.
Suspensión de términos
Diferentes autoridades administrativas, así como las jurisdiccionales, han suspendido los términos de las actuaciones, diligencias y trámites que se adelantan ante las mismas. Entre ellos, se resalta la suspensión judicial ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura, y las de superintendencias como la de sociedades, industria y comercio y notariado y registro. Adicionalmente, el Congreso de la República también aplazó el inicio de sesiones.
- Resolución 938 de 2020 Supersociedades – Suspensión términos Por la cual se decreta como medida transitoria por motivos de salubridad pública, la suspensión de términos para los procesos judiciales de Procedimientos Mercantiles y de Procedimientos de Insolvencia que se tramitan en la Superintendencia de Sociedades.
- Resolución 11790 de 2020 SIC – Suspensión términos jurisdiccionales Por la cual se suspenden términos en los procesos jurisdiccionales que adelanta la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Resolución 11792 de 2020 SIC – Suspensión de términos administrativos Por la cual se suspenden términos en los trámites administrativos que adelante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Estas y otras normas aplicables al sector pueden ser consultadas en la sección NORMAS VIGENTES de nuestro sitio web, haciendo clic aquí.