Reducción del riesgo de exposición de Covid-19

Fecha 6 abril, 2020

Orientaciones para la reducción del riesgo de exposición y contagio de Covid-19 en actividades industriales en el sector minero energético

Objetivo

Orientar a las empresas del sector minero y energético del país, frente a las medidas de promoción y prevención necesarias para la reducción y mitigación de la exposición y contagio de sus trabajadores y proveedores a SARS-CoV-2 (COVID-19).

Alcance

Establecer las recomendaciones frente a control de riesgos físicos, biológicos y químicos derivados de situaciones, actividades o lugares en los cuales se puede presentar un contacto cercano o una exposición que incremente el riesgo de contagio de SARS-CoV-2 (COVID-19), en el marco de las operaciones desarrolladas en el sector minero y energético.

Ámbito de aplicación

Personal interno y externo de empresas y actividades conexas del sector minero y energético, que deben continuar adelantando actividades operativas, administrativas y técnicas necesarias para la continuidad de la actividad económica, y cohabitando en las áreas comunes, en atención a las garantías previstas en el artículo 3, numeral 25 del Decreto 457 de 2020, en el que se dispuso que las mismas deben ser garantizadas por el Gobierno Nacional, Departamental y Municipal para salvaguardar el derecho a la vida, a la salud en conexidad con la vida y la supervivencia durante el periodo de aislamiento obligatorio.

Generalidades

El sector minero energético está conformado por las empresas que explotan recursos minerales a cielo abierto, de forma subterránea o en socavón, exploración, extracción y comercialización de hidrocarburos, y generación de energía eléctrica, las cuales en su mayoría cuentan con los siguientes escenarios en los que puede existir mayor riesgo de contagio de SARS-CoV-2 (COVID-19) por contacto cercano entre los trabajadores o con superficies y equipos que sirvan como medios de contaminación, a saber:

En estas áreas se adelantan actividades en las que intervienen dos o más personas, de manera sincrónica o asincrónica, por lo cual se hace necesario brindar orientaciones frente a la prevención y reducción del riesgo de contagio para el SARS-CoV-2 (COVID-19), las cuales se deben integrar en el marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST.

Finalmente, se procura que las actividades de promoción y prevención sean parte integral del Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo (SST), de tal manera que no sólo proteja la salud y vida de los empleados, sino que, de manera indirecta, salvaguarde la salud e integridad de los pobladores de las comunidades aledañas a las operaciones mineras y energéticas.

Normativa y otros documentos externos

Medidas para la reducción de riesgo de contagio en diferentes escenarios

Medidas generales

Las siguientes medidas generales corresponden a las acciones que las empresas del sector minero y energético

deberán ejecutar, de manera integrada con su sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, con el fin de reducir el riesgo de exposición de sus trabajadores y demás personal involucrado en la operación, en los diferentes escenarios en los que se presenta mayor riesgo de contagio por contacto interpersonal como lo son el transporte, el suministro y dispensación de alimentos en comedores o casinos, el alojamiento, operación y demás actividades en los que se requiera proximidad entre personas y/o trabajadores. Las mismas deben ser socializadas por parte de la empresa a todos sus colaboradores y deberán estar incorporadas y alineadas con las acciones definidas en el sistema de seguridad y salud en el trabajo.

Las medidas generales que deben realizarse por parte de la empresa son:

  1. Desarrollar código de etiqueta respiratoria, que incluye cubrirse la nariz al toser o estornudar con el antebrazo o con un pañuelo de papel desechable y deshacerse de él inmediatamente tras usarlo. Abstenerse de tocarse la boca, la nariz y los ojos. Publicar piezas de comunicaciones en donde explique cómo debe hacerse.
  2. Disponer en las áreas que se requiera, pañuelos desechables y canecas con tapa.
  3. Disponer suministros de gel antibacterial en las áreas de alto tránsito al interior del establecimiento.
  4. Disponer en áreas comunes y zonas de trabajo de lugares donde se pueda realizar lavado de manos con agua y jabón. Publicar imágenes ilustrativas.
  5. Contar en los equipos de emergencias y botiquines de elementos como tapabocas, guantes de látex o nitrilo y demás elementos para ser suministrados a los trabajadores de ser necesario.
  6. Incrementar la frecuencia de limpieza y desinfección de superficies, elementos y equipos de trabajo, así como ejecutar la desinfección periódica de comedores, baños, casinos y materiales de uso común entre otros.
  7. Ejecutar la operación esencial, particularmente labores de mantenimiento, con la menor fuerza de trabajo que garantice la seguridad y las medidas de promoción y prevención con el fin de evitar el contagio entre los trabajadores.
  8. Difundir a los trabajadores la información sobre generalidades y directrices impartidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, en relación con los síntomas de alarma, lineamientos y protocolos para la preparación y respuesta ante la presencia del COVID-19 en el territorio nacional.
  9. Capacitar a los trabajadores en aspectos básicos relacionados con la forma en que se transmite el COVID 19 y las maneras de prevenirlo
    a) Disponer de información general relacionada con los lugares de la empresa en los que puede haber riesgo de exposición
    b) Factores de riesgo del hogar y la comunidad
    c) Factores de riesgo individuales
    d) Signos y síntomas
    e) Importancia del reporte de condiciones de salud
  10. Reforzar las instrucciones dadas en las charlas de seguridad previas al inicio de las actividades laborales, en medios de comunicación internos, mensajes por alto parlantes, protectores de pantallas para computadores, etc.
  11. Procurar la rápida identificación y aislamiento de individuos potencialmente afectados y revisar y acatar las directrices establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social para tal fin.
  12. Toma rutinaria de temperatura al ingreso y salida del turno y al inicio de la jornada laboral, con el debido registro nominal en el formato establecido.
  13. Ejecutar la operación esencial, con la menor fuerza de trabajo necesaria, ampliando los momentos de cambio de turno para evitar confluencia no necesaria de trabajadores.
  14. Adoptar horarios flexibles con el propósito de disminuir el riesgo de exposición en horas de mayor afluencia en los servicios de alimentación y transporte, procurando el menor número de personas en los ambientes de trabajo.
  15. Tomar medidas para favorecer la circulación y recambio de aire en espacios cerrados o con escasa ventilación; realizar el mantenimiento de los respectivos equipos y sistemas de ventilación.
  16. Si no se dispone del recurso, no se recomienda realizar test para COVID-19 a personas asintomáticas.
  17. Disponer de recipientes adecuados para la disposición final de los elementos de bioseguridad utilizados por el personal que sean de un solo uso o desechables. En caso de tener puestos de atención médica, los recipientes deben cumplir con el manejo de residuos peligrosos, según plan de gestión integral de residuos hospitalarios.
  18. Ajustar los horarios de trabajo con el fin de evitar aglomeraciones en las distintas áreas.
  19. Establecer fechas de ingreso y salida de turnos para el personal, con el fin de poder coordinar expresos terrestres u otro medio de transporte permitido donde los trabajadores no tengan contacto con personal diferente de la empresa.
  20. Reorganizar los turnos de trabajo de acuerdo con los ajustes efectuados en las labores de producción, preparación, explotación y demás servicios.
  21. Para minería de socavón, mantener los protocolos obligatorios de seguridad industrial con el fin de realizar la verificación de las condiciones de ventilación para rutas de escape y acceso para descenso de trabajadores y equipos; túneles de transporte de mineral, pozos de recuperación para llevar el mineral excavado a la superficie y sistemas de comunicación para enviar información de ida y vuelta entre la superficie y los niveles inferiores de la mina, bombeo para desagüe y mantenimiento de vías y sostenimiento.

Las medidas generales que deben realizarse por parte de los trabajadores son:

  1. Distanciamiento social: se sugiere mantener una distancia mínima de 1 metro o hasta 2 metros entre las personas, evitando contacto directo (no saludar de beso o de mano y no dar abrazos), en todos los escenarios donde puedan estar varias personas a la vez.
  2. Lavado periódico de manos con agua y jabón (al menos una vez cada dos (2) o tres (3) horas, con la técnica adecuada recomendada por el MSPS), y después de sonarse la nariz, toser o estornudar, al entrar en contacto con superficies que hayan podido ser contaminadas por otra persona (manijas, pasamanos, cerraduras, transporte), después de ir al baño, manipular dinero y antes y después de comer. Utilizar alcohol glicerinado o gel desinfectante (con alcohol en concentración mayor al 60%) cuando no se disponga fácilmente de agua y jabón (recuerde cuando las manos se vean visiblemente sucias deberá lavarlas nuevamente con agua y jabón).
  3. Utilizar alcohol glicerinado o gel desinfectante (con alcohol en concentración mayor al 60%) cuando no se disponga fácilmente de agua y jabón (recuerde cuando las manos se vean visiblemente sucias deberá lavarlas nuevamente con agua y jabón).
  4. Uso tapabocas convencional de forma permanente, evitando tocarlo en su parte frontal (retíralo de las bandas elásticas que están a los lados de sus orejas) y desechándolo a diario o cuando se moje o ensucie; lavarse las manos cada vez que lo manipula.
  5. En caso de presentar síntomas gripales quedarse en casa o en su lugar de alojamiento, mantenerse aislado, utilizar tapabocas e informar inmediatamente a su Supervisor o Jefe Directo.
  6. Evitar reuniones presenciales con más de 5 participantes. Reemplazarlas, en la medida de lo posible por encuentros virtuales.
  7. Mantener las áreas de trabajo despejadas de elementos ajenos a la labor.
  8. Evitar el uso compartido de equipos o dispositivos de otros empleados (oficinas, computadores, radios de comunicación, celulares, elementos de escritura) cuando sea posible, así como realizar la limpieza y desinfección permanente de los mismos.
  9. Uso de productos de limpieza y desinfección certificados, evitando hacer mezclas artesanales entre productos de diferentes características químicas (mezclas entre detergentes y desinfectantes) seguir las indicaciones de las fichas de seguridad.
  10. Desinfectar diariamente los elementos de protección personal de uso rutinario como máscaras con filtros para gases o material particulado, cascos de seguridad, tapa oídos, guantes de trabajo, entre otros.
  11. No compartir elementos de protección personal.
  12. Aumentar la frecuencia de limpieza y desinfección de las áreas operativas y administrativas tales como oficinas, campamentos y Casino.
  13. Evitar programar actividades en espacios diferentes a los de la labor habitual, como exámenes médicos ocupacionales, entrenamientos, etc.
  14. Lavado diario o una vez terminadas las operaciones de los elementos personales, como por ejemplo overol, casco, botas y otros.
  15. Lavado e higiene personal una vez culminada las actividades y garantizar las medidas establecidas de acuerdo con las orientaciones del numeral 3.9 de acceso a la vivienda establecidas en el lineamiento de Orientaciones de medidas preventivas y de mitigación para contener la infección respiratoria aguda por COVID – 19, dirigida a la población en general

Medidas específicas

Medidas específicas personal administrativo

Medidas específicas para el transporte terrestre suministrado por la empresa

Las siguientes son recomendaciones para reducir el riesgo de exposición durante los momentos del transporte de trabajadores desde su lugar de residencia, alojamiento y/o estadía hasta su lugar de trabajo y viceversa, así como los desplazamientos al interior de las áreas desarrollo de las operaciones de los proyectos. Estas recomendaciones no reemplazan las directrices publicadas por el Ministerio de Transporte las cuales están disponibles en el siguiente enlace:

https://www.mintransporte.gov.co/publicaciones/8238/medidas-para-la-contencion-del-coronavirus-covid-19/

Paraderos destinados para el inicio y finalización de rutas de transporte

Si la respuesta es afirmativa para la presencia de alguno de los síntomas, la persona puede tener una posible infección por el coronavirus COVID-19, por lo cual debe abstenerse de abordar el vehículo, informar a su supervisor y seguir las indicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, relacionadas con la notificación a los teléfonos establecidos por la autoridad de salud de su municipio.

Conductores

Si presenta síntomas respiratorios, debe informar a la empresa y preferiblemente, abstenerse de laborar, a pesar de que su estado clínico sea estable, ya que en este momento puede considerarse potencialmente contagiado por COVID 19 hasta no demostrar lo contrario.

Buses de transporte empresarial

Vehículos operativos y maquinarias

Medidas específicas para las áreas de suministro de alimentos

Para las áreas donde se realiza manipulación y suministro de alimentos, se deben seguir los lineamientos definidos por el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos INVIMA, disponibles en https://www.invima.gov.co/documents/20143/349958/lineamientos-para-alimentos_covid-19.pdf/fa871888-8eee-7db1-100a-0ef2627bf064?t=1584917647691

Además de lo anterior, se recomienda tener en cuenta las siguientes indicaciones:

Medidas específicas para las secciones de alojamiento de personal

Medidas específicas para las ciudadelas multifamiliares

En aquellos lugares donde se cuenten con ciudadelas multifamiliares, se recomienda tomar las medidas de aislamiento y cuarentena establecidas en el Decreto Ley 457 del 2020, por parte de las familias del trabajador, así como lo indicado en el documento: “Orientaciones de medidas preventivas y de mitigación para contener la infección respiratoria aguda por covid-19, dirigidas a la población en general” (disponible en: https://www.minsalud.gov.co/salud/publica/PET/Paginas/Covid-19_copia.aspx)

Medidas específicas para establecimientos comerciales ubicados en áreas de operación de la empresa o residencia de personal

El representante legal o administrador de estos establecimientos debe:

Medidas específicas para personal de filtros de seguridad

Se recomienda tener en cuenta las “Orientaciones de medidas preventivas y de mitigación para contener la infección respiratoria aguda por COVID-19, medidas a adoptar por el personal de centro de llamadas telefónicas y de atención a usuarios” disponibles en https://www.minsalud.gov.co/Ministerio/Institucional/Procesos%20y%20procedimientos/GIPG14.pdf; de forma complementaria, se plantean las siguientes recomendaciones específicas:

Recomendaciones para las secciones de prestación de servicios de salud de las empresas

Para el personal de salud que realiza prestación de servicios de salud se deben tener en cuenta los “Lineamientos para Prevención Control y Reporte de Accidente Laboral por Exposición Ocupacional al SARS CoV-2 (COVID-19) en Instituciones de Salud”, disponibles en https://www.minsalud.gov.co/Ministerio/Institucional/Procesos%20y%20procedimientos/GPSG04.pdf; de forma complementaria, se recomienda lo siguiente:

Responsabilidades frente a las entidades territoriales de salud

Responsabilidad social corporativa frente al Covid 19

Las limitaciones de acceso y suministro de recursos que actualmente se presentan en las comunidades locales circundantes a las operaciones de empresas del sector minero – energético, a causa de la contingencia de salud pública derivada de la pandemia originada por el COVID 19, hacen necesario que en este momento las acciones de los programas de Responsabilidad Social Corporativa de las diferentes empresas del sector, se diversifiquen, complementen y optimicen, para lograr una mejor efectividad y cobertura sobre las necesidades sociales y materiales de las comunidades.

Frente a esto, y considerando el gran valor que dichas acciones pueden aportar a los diferentes procesos frente a salud pública, aunado a las medidas de precaución, promoción y prevención descritas anteriormente, se plantea que las empresas ejecuten las siguientes actividades complementarias:

Alcance de las orientaciones

Bibliografía.

Occupational Safety and Health Administration. Guidance on preparing workplaces for COVID 19 disponible en https://www.osha.gov/Publications/OSHA3990.pdf

Circular 0017 del 24 de febrero de 2020 de Mintrabajo. Lineamientos mínimos a implementar de promoción y prevención para la preparación, respuesta y atención de casos de enfermedad por COVID-19 (antes denominado coronavirus).

Circular 0018 del 10 de marzo de 2020 de Minsalud, Mintrabajo, Función Pública. Acciones de contención ante el COVID-19 y la prevención de enfermedades asociadas al primer pico epidemiológico de enfermedades respiratorias.

Organización Mundial de la Salud. Orientaciones técnicas sobre el nuevo coronavirus (2019-nCoV). Disponible en: https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019/technical-guidance

Documentos técnicos del Ministerio de Salud y Protección Social. Disponible en: https://d2jsqrio60m94k.cloudfront.net/

“Nota: las orientaciones incluidas en el presente documento están en continua revisión y se darán los alcances y ajustes pertinentes si las situaciones epidemiológicas así lo requieren.”

Elaborado por el Ministerio de Salud y Protección Social

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