Por el cual se establecen algunas disposiciones para el análisis de las operaciones de financiamiento previstas en los numerales 4 y 5 del artículo 4, el artículo 5, y el artículo 15 del Decreto Legislativo 444 de 2020.
Por el cual se establecen algunas disposiciones para el análisis de las operaciones de financiamiento previstas en los numerales 4 y 5 del artículo 4, el artículo 5, y el artículo 15 del Decreto Legislativo 444 de 2020.