Seguridad y prevención en la minería

Fecha 24 enero, 2019

El 21 de septiembre de 2015 se emitió el Decreto 1886, “Por el cual se establece el Reglamento de Seguridad en las Labores Mineras Subterráneas”, expedido por el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Salud.  El Reglamento decreta las normas para la prevención de riesgos y los procedimientos para la vigilancia, control y regulación de las condiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo en que se desarrollan estas labores.

Las empresas deben suministrar los elementos de protección necesarios para la exploración y explotación de los minerales que se producen en el territorio, así mismo promover una mina segura, sobre todo las subterráneas. ‘‘El que quiera producir carbón debe proteger la vida de sus trabajadores’’, dijo el Ministerio de Minas y Energía.

Actualmente, los trabajadores que desarrollen labores subterráneas, deben capacitarse ante las entidades competentes para mejorar y prevenir el trabajo seguro en las minas. Además de elaborar y dar a conocer un plan de emergencia, a sus trabajadores, con estos requisitos todo minero debe incentivar las condiciones de seguridad  minera y de salud a las comunidades que permanecen a los alrededores.

Fuente: Ministerio de Minas y Energía